Limitada ley de Comunicación Social; no aborda sanciones, sería controlada por la Segob
Foto: Especial.
- Crearía «Padrón Nacional de Medios de Comunicación» para tener contratos con el gobierno
- Sólo dos artículos hablan de infracciones y sanciones; no toca el tema del sobrejercicio del gasto público, revela el diputado del PAN, Jorge Triana
Gustavo Sánchez B
AN / CDMX.- La Cámara de Diputados se alista para discutir la próxima semana un dictamen de la “Ley general de Comunicación Social”, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación le impusiera como plazo hasta el 30 de abril para legislar sobre la publicidad oficial en los medios de comunicación.
Según reveló en #AristeguiEnVivo el diputado del PAN, Jorge Triana -integrante de la Comisión de Gobernación que revisará el documento-, el proyecto de dictamen sólo contempló la iniciativa presentada por el PRI; no aborda sanciones a la propaganda encubierta ni el sobre ejercicio en este gasto, que se ha registrado tanto en el sexenio de Felipe Calderón como en el actual de Enrique Peña Nieto, en el cual se calcula ya ha erogado casi 40 mil millones de pesos en este rubro.
Al igual que diputados de dicha comisión, organizaciones sociales como Fundar y Artículo 19 ya se encuentran revisando y anotando observaciones al proyecto de dictamen, al que tuvo acceso Aristegui Noticias.
Entre las críticas que harán los próximos días se encuentra el hecho de que la legislación planea incluir los “logros” del gobierno como publicidad oficial, pese a que se han dado casos de propaganda encubierta, pues por ejemplo una campaña de salud para promover la inclusión de beneficiarios al seguro popular, a la vez se puede utilizar para hablar sobre logros de un gobierno, partido o funcionario público.
También las ONGs señalarían el hecho de que se pretenda que la Secretaría de Gobernación sea la responsable de administrar y asignar toda la publicidad oficial. Apuntan que en países como España existe un órgano conformado por medios, académicos y gobierno, para este tipo de decisiones.
Además, de los 45 artículos que tiene el proyecto de dictamen, sólo dos establecen infracciones y sanciones, y de forma muy corta:
Título V
De las Infracciones y Sanciones
Capítulo Único
Artículo 44.- Constituyen infracciones a la presente Ley de los Entes y Servidores Públicos, según sea el caso:
I. Difundir campañas de Comunicación Social violatorias de los principios establecidos en el artículo 5 de la presente Ley;
II. Exceder los límites y condiciones establecidas para los informes anuales de labores de los Servidores Públicos, y
III. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en esta Ley.
Artículo 45.- Cuando las autoridades federales, estatales o municipales cometan alguna infracción prevista en esta Ley, se dará vista al superior jerárquico y, en su caso, presentará la queja ante la autoridad competente por hechos que pudieran constituir responsabilidades administrativas o las denuncias o querellas ante el agente del Ministerio Público que deba conocer de ellas, a fin de que se proceda en los términos de las leyes aplicables.
El proyecto propone incluir como publicidad oficial el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, con la condición de que su difusión “se limite a una vez al año con cobertura geográfica regional correspondiente al ámbito de responsabilidad del servidor público y no exceda de los 7 días anteriores y 5 posteriores a la fecha en que se rinda el informe”. Aunque aclara que “en ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral”.
El documento establece también que “los Medios de Comunicación que pretendan participar en la contratación de Comunicación Social a que se refiere la presente Ley, deberán estar inscritos previamente en el Padrón Nacional de Medios de Comunicación, a cargo de la Secretaría de Gobernación”.
Además de eso, la Segob se encargaría de “prestar asistencia técnica y evaluación de las Estrategias, Programas y las Campañas de Comunicación Social de las dependencias y entidades de la administración pública, a fin de que se lleven a cabo bajo los principios a los que se hace referencia en esta Ley”.
En ese sentido se indica que “los Entes Públicos deben elaborar una Estrategia anual de comunicación social, para efectos de la difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales”. Al respecto, las ONGs apuntarían que dicho programa anual debería incluir su objetivo y cómo se relaciona con la estrategia, los mensajes, la población objetivo, los medios idóneos para su publicación, la temporalidad de la publicación y los indicadores de resultados e impacto de la campaña.
El dictamen que puede ser aprobado en los próximos días en el Congreso podría entrar en vigor el 1 de enero de 2019.
La discusión apenas empieza.