Bajo la lupa, la Suprema Corte
La Grilla en Tabasco.
El Instituto Nacional Electoral presentó una acción de inconstitucionalidad por la “ley Bonilla” que desechó la Suprema Corte de Justicia de la Nación “por notoria y manifiesta improcedencia”. Resulta ser que la institución electoral no estaba facultada para ello. Sin embargo, están en proceso otros seis recursos. El máximo tribunal deberá estudiar a fondo y emitir sentencia.
Por ahora, como muchos desconocen cómo funcionan estos asuntos, hubo quienes festejaron un supuesto triunfo del gobernador de Baja California al considerar que esto representa una señal de que se concretará el augurio de la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, en cuanto a que “pervivirá la norma”.
Del otro lado de la acera, la determinación de la SCJN se interpretó como un anticipo de que los otros recursos no prosperarán pues los ministros acatarán una supuesta consigna presidencial y que así Jaime Bonilla se pasará por donde no da el sol la Constitución General de la República, quedándose en el cargo por 5 años y no por los 2 para los que se le eligió.
No hay que adelantarnos. Es cierto, sí, que para que prosperen esos seis recursos que seguramente serán acumulados en una sola sentencia, tendrán que votar a favor del dictamen correspondiente al menos 8 de los 10 ministros en funciones, por lo que no podría descartarse la posibilidad de que los incuestionables señores se pronuncien en pro del bonillazo.
¿Por qué el INE no debió presentar -de último momento- la acción de inconstitucionalidad? La explicación es simple y la dio el ministro a quien se le encomendó ese expediente, Fernando Franco González Salas:
Según la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, los órganos autónomos, como el INE, no están legitimados para promover esos juicios ante la Corte, a menos de que se trate de una invasión directa a su esfera de competencias, lo cual no es el caso.
El INE sabía de este impedimento, pero aun así promovió el juicio con el argumento de hacer “valer sus facultades legales implícitas, considerando que el recurso ante la SCJN se inscribe en su función de mantener un Estado democrático, como rector de los procesos electorales a escala nacional y garante del sufragio secreto, efectivo, libre, informado y directo”.
Curiosamente, en estos días hay quienes recaban firmas para forzar a que el Presidente de la República también presente un recurso semejante y se deslinde así de Bonilla, aunque el plazo legal para hacerlo venció hace muchas semanas.
Las seis acciones vigentes fueron promovidas por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, y la organización política local Partido de Baja California, así como por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
La CNDH, por cierto, estrenará presidenta. Es hija de Rosario Ibarra de Piedra y militante de MORENA. ¿Ya no será incómoda?
Es muy puntual la argumentación que formuló el INE: la “ley Bonilla”, que en realidad no es una ley sino reforma constitucional, pretende tener efecto retroactivo sobre una elección ya realizada, con lo cual se violenta el principio de certeza jurídica.
También de último momento, antes de vencer su periodo, la administración panista presentó una controversia constitucional. Es de suponer, a reserva de lo que digan los expertos, que del mismo modo será desechada, en virtud de que no es la vía jurídica que procede, porque la legislatura (anterior) de Baja California no invadió la esfera de competencia del Ejecutivo.
Quienes conocen bien de estos asuntos estiman que transcurrirán no menos de dos meses antes de que la Corte emita sentencia, a favor o en contra del controvertido Bonilla.
De los apuntes
El director del Cobatab, Erasmo Martínez Rodríguez, acompañado por colaboradores se reunió con los tres dirigentes sindicales para comunicarles que merced al apoyo financiero de la administración estatal están garantizados los pagos de fin de año para sus representados, que contemplan el aumento salarial y prestaciones diversas. Hasta donde se sabe, para el resto de los servidores públicos estatales y municipales tampoco hay motivo de zozobra. Se ignora si aplica para la UJAT.
Twitter: @JOchoaVidal