Tribunal apela a Obrador que no haga propaganda, pero invalida amonestación pública
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- El Tribunal Electoral calificó de indebido que la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE determinará imponer una sanción pública como medida de apremio al presidente AMLO por incumplir los acuerdos 13 y 18 de la Comisión de Quejas.
LATINUS / MÉXICO.-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó este miércoles la orden que dio el Instituto Nacional Electoral (INE) al presidente Andrés Manuel López Obrador de abstenerse de llevar a cabo cualquier propaganda gubernamental durante el proceso de la revocación de mandato.
En sesión pública, la Sala Superior del TEPJF desestimó la impugnación presentada por el Ejecutivo Federal contra el acuerdo del INE del 1 de abril pasado en la que le ordenó abstenerse “de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados con el proceso de revocación de mandato en curso, así como cualquiera que configure propaganda gubernamental”.
La impugnación resuelta este día fue presentada por el presidente López Obrador contra la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, que además de considerar que el mandatario no acató lo ordenado por el acuerdo del 1 de abril de la Comisión de Quejas, a éste se le impondría una amonestación pública de no obedecer de nueva cuenta, sanción que el TEPJF desechó.
“Fue indebido que la Unidad Técnica de lo Contencioso determinará apercibir nuevamente al presidente de la República respecto a que, de incumplir en su término los acuerdos 13 y 18 de la Comisión de Quejas, se le impondría una amonestación pública, como medida de apremio”, informó el Tribunal Electoral.
Además, entre lo desestimado en la impugnación, la Sala Superior indicó que el decreto de interpretación auténtica de propaganda gubernamental por el que funcionarios pueden hacer promoción de la consulta -que se celebró el pasado 10 de abril- no aplicaba para el caso, toda vez que en fallos previos determinaron que éste no aplicaba a este proceso de revocación de mandato.
“En el proyecto, se propone, por una parte, desestimar los motivos vinculados con la competencia de la autoridad responsable y la constitucionalidad de la norma. Así como los restantes agravios de la difusión de la propaganda gubernamental, la garantía de audiencia y el plazo para el cumplimiento de las obligaciones impuestas en el acuerdo controvertido”, determinó el TEPJF.
Cabe recordar que Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del INE, advirtió a inicios de abril que el TEPJF podría anular la revocación de mandato cuando dictamine el resultado de la consulta, al considerar las irregularidades registradas a lo largo del proceso en que han incurrido diversos actores políticos.
Así lo afirmó Córdova Vianello el jueves pasado durante la conferencia de prensa realizada por la jornada de revocación de mandato, en la que dio detalles sobre la organización de la consulta e informó que el INE presentará ante la Sala Superior del TEPJF todas las irregularidades registradas hasta ahora durante el proceso.
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