¡La tercera! Falla el TEPJF para que la Comisión Permanente del Congreso ceda un lugar a MC

Foto: Cuartoscuro

  • En enero de este año, la Sala Superior del Tribunal ordenó a la Cámara de Diputados y a la Jucopo que en la siguiente integración de la Comisión Permanente estuvieran representados todos los grupos parlamentarios de la Cámara, conforme al principio de máxima representación efectiva.

LATINUS / MÉXICO.-El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó este miércoles a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados y a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que otorguen inmediatamente un puesto al partido Movimiento Ciudadano (MC) en la Comisión mencionada.

En enero de este año, la Sala Superior del Tribunal ordenó a la Cámara de Diputados y a la Jucopo que en la siguiente integración de la Comisión Permanente estuvieran representados todos los grupos parlamentarios de la Cámara, conforme al principio de máxima representación efectiva.

Sin embargo, el pasado 29 de abril, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la lista de los integrantes de la Comisión Permanente sin considerar el fallo del Tribunal.

Diputados de los partidos Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática (PRD) plantearon incidentes de incumplimiento de la sentencia y señalaron que fueron excluidos de la nueva integración de la Comisión.

El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, planteó que existía una imposibilidad para cumplir la orden del Tribunal, ya que después de la sentencia se reformó la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que incluye las acciones relacionadas con la integración de los órganos y comisiones del Congreso, se controviertan judicialmente.

La Sala Superior determinó que no existe imposibilidad para cumplir con la sentencia principal y, por otro, que sí existió un incumplimiento de la sentencia, al excluir a los grupos parlamentarios del PRD y MC.

“La Sala señaló que la imposibilidad de cumplir una sentencia no puede surgir por circunstancias atribuibles al propio Congreso, conforme a la jurisprudencia nacional e internacional. Además, existe una prohibición constitucional para la aplicación retroactiva de las leyes cuando ello causa un perjuicio”, indicó el Tribunal.

La Sala consideró que MC y el PRD debieron “obtener como mínimo una diputación en la integración de la Comisión Permanente, conforme al principio de máxima representación efectiva, pues ambos partidos integran la actual composición de la Cámara al tener, respectivamente, 5 y 3% de representación”.

El Tribunal decidió que será la Jucopo la que determinará a qué grupo parlamentario se le restará un integrante en la Comisión Permanente para otorgarlo a Movimiento Ciudadano. En relación con el grupo parlamentario del PRD, se determinó que no es necesario ordenar su inclusión porque ya forma parte de la Comisión, pues el PRI le cedió un lugar a Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro. 

MC dijo en un comunicado que la actual Comisión Permanente debe acatar el fallo y modificar su integración en detrimento del grupo parlamentario con más sobrerrepresentación, en este caso, Morena.

“Con esta decisión se reconoce el derecho legítimo de Movimiento Ciudadano a tener representación en el órgano legislativo (…) queda claro que Morena y sus aliados actuaron de manera inconstitucional y ahora tendrán que acatar la sentencia del Tribunal”, indicó el documento.

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