Gobierno recula con el nuevo impuesto de 42 dólares a pasajeros de cruceros, exentándoles por por 6 meses

  • La implementación de la tasa de 42 dólares por pasajero había desatado una ola de críticas dentro del sector, no solamente por la afectación al turismo. En el artículo segundo transitorio del decreto se precisa que será aplicable únicamente durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio, correspondientes al ejercicio fiscal 2025.

LATINUS / MÉXICO.-El gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum cedió ante las inconformidades por la tasa de 42 dólares por pasajero de cruceros establecida en la Ley Federal de Derechos para este año, y emitió un decreto para aplicar una exención del 100% a este impuesto.

En principio, se había determinado «igualar el tratamiento fiscal con aquellos extranjeros que ingresan al país vía aérea y que sí pagan los derechos respectivos por los servicios migratorios; además de que el costo que implica la prestación del servicio es el mismo, con independencia de la vía de ingreso de los extranjeros al país», de acuerdo con el decreto publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.

Sin embargo, considerando que las embarcaciones que prestan servicios de cruceros «transportan un gran número de turistas extranjeros que ingresan al país con fines recreativos, y considerando que los itinerarios de cruceros suelen planearse y venderse con anticipación por las empresas de transporte internacional de pasajeros marítimos, resulta necesario otorgar un beneficio fiscal a estos visitantes extranjeros», explica el documento.

También se argumenta que la implementación del cobro para los turistas de cruceros implementado por el Congreso implicaba «contar con los mecanismos adecuados que agilicen la gestión del derecho y eviten dificultades operativas por la eliminación de la exención a los turistas extranjeros».

Por tanto, «como medida de apoyo al sector turístico, resulta conveniente otorgar un estímulo fiscal a los pasajeros extranjeros que ingresen al país vía marítima a bordo de cruceros, consistente en una cantidad equivalente al 100% del derecho relativo a la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas».

En el artículo segundo transitorio del decreto se precisa que será aplicable únicamente durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio, correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
La implementación de la tasa de 42 dólares por pasajero había desatado una ola de críticas dentro del sector, no solamente por la afectación al turismo, sino porque una parte de los ingresos obtenidos por ese impuesto se destinaría al Ejército y no a mejorar las instalaciones portuarias.

“De implementarse esta medida colocaría a los puertos turísticos mexicanos entre los más caros del mundo, afectando severamente la competitividad del país frente a los destinos del Caribe”, afirmó la Asociación Mexicana de Agentes Navieros el pasado 30 de noviembre.

El 3 de diciembre, Octavio de la Torre, presidente de la Concanaco Servytur, destacó que el impuesto amenazaba la economía local de comunidades portuarias mexicanas como Cozumel, Mahahual, Puerto Vallarta, Acapulco, Ensenada, Puerto Chiapas, Puerto Progreso y Cabo San Lucas, donde el turismo de cruceros representa hasta el 90% de los visitantes.

“Las comunidades locales están sumamente preocupadas porque serían las más afectadas ante la eliminación de la excepción del Derecho de No Inmigrante (DNI), particularmente aquellas cuyo sustento depende de los ingresos generados por cruceristas”, señaló De la Torre en aquella ocasión, aludiendo a comerciantes, guías de turistas, restauranteros y artesanos.

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