Comisión del INE decreta medida cautelar a “La Hora Nacional” por favorecer a Sheinbaum
- También se ordenó a las personas locutoras del programa radiofónico y al personal de producción que se apeguen a los principios de imparcialidad y neutralidad.
AN / MÉXICO.-La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) dictó una medida cautelar contra el programa “La Hora Nacional”, para que cumpla los principios de equidad en la contienda electoral.
La medida cautelar abarca a los conductores del programa, Javier Ramírez Gómez y Leonora Millán Fe, además de Claudia Sheinbaum Pardo y el partido MORENA.
Se consideró que las personas locutoras durante las emisiones de “La Hora Nacional” de los días 3 y 10 de diciembre de 2023 y 14 de enero de 2024, estaban encaminadas a beneficiar la imagen de Claudia Sheinbaum.
Según la medida cautelar, el programa público aclara ‘noticias falsas’, pero solo en aquellos temas que pueden beneficiar a la candidata de Morena. En el programa del 14 de enero se abordó una declaración falsa de Sheinbaum y otra para desmentir a Felipe Calderón:
La Comisión concluyó procedencia de la tutela preventiva, ya que, desde una óptica preliminar, se hicieron reiteradamente manifestaciones que, en apariencia del buen derecho, podrían afectar los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, al no formar parte de la naturaleza y finalidad del programa denunciado.
Por esta razón se ordenó a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación y al Instituto Politécnico Nacional (IPN), responsables de “La Hora Nacional”, asegurarse del cumplimiento de sus funciones, de los principios de imparcialidad en relación con la competencia entre partidos políticos.
También se ordenó a las personas locutoras del programa radiofónico y al personal de producción que se apeguen a los principios de imparcialidad y neutralidad.
Se les insta a conducir con prudencia discursiva en todo momento, con la finalidad de evitar que sus manifestaciones favorezcan o perjudiquen a un partido político o coalición, o bien, a personas aspirantes a cargos de elección popular, es decir, se abstengan de emitir pronunciamientos de índole electoral.
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