Letrado advierte que modificación a la Ley de Amparo es “regresiva, peligrosa e inconstitucional”

Foto: Archivo Pixabay

  • La suspensión es una medida cautelar que detiene la ejecución del acto por parte de la autoridad. “De lo que se trata es de limitar las facultades que hoy en día tienen las juzgadoras, los juzgadores de amparo en México para decretar suspensiones del acto reclamado con efectos generales”, advierte el letrado Miguel Carbonell. 

AN / MÉXICO.-El abogado constitucionalista Miguel Carbonell afirmó que la iniciativa para modificar dos artículos de la Ley de Amparo es regresiva, peligrosa e inconstitucional, debido a que intenta limitar las facultades de los juzgadores al no permitirles decretar una suspensión del acto reclamado con efectos generales tras aceptar una demanda de amparo.

“A mí me parece regresivo, peligroso y te lo digo con todas sus letras es inconstitucional, esto viola la Constitución mexicana”, afirmó en Aristegui En Vivo sobre la iniciativa que fue aprobada en comisiones del Senado, la cual también determina que solamente se podrán conceder suspensiones individuales a las personas que soliciten un amparo.

Carbonell explicó que cuando una persona interpone una demanda de amparo para protegerse de normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares, las y los jueces tienen la facultad de decretar una suspensión que tendrá efecto únicamente durante el tiempo del trámite del juicio.

Este procedimiento es una medida cautelar que detiene la ejecución del acto por parte de la autoridad de forma general, en caso de que así lo considere el juzgador, mientras que el Poder Judicial de la Federación (PJF) analiza si lo reclamado en el recurso de impugnación es violatorio de la Constitución.

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“De lo que se trata es de limitar las facultades que hoy en día tienen las juzgadoras, los juzgadores de amparo en México para decretar suspensiones del acto reclamado con efectos generales”.

“¿Qué quiere decir esto? Que en el tránsito de los juicios de amparo, en el trámite, mientras dura el procedimiento se le pueda decir a la autoridad ‘mira, en lo que analizamos si tu acto es o no apegado a la Constitución, por lo pronto detente, por lo pronto espéranos, no sigas avanzando con la ejecución del acto porque no sabemos si es inconstitucional y resulta violatorio a los derechos humanos’,” explicó.

Añadió que cuanto se está tramitando un juicio de amparo, todavía no hay un criterio fijado por el PJF, por lo que con la suspensión se deben dejar las cosas en el estado como se encuentran hasta que se emita una sentencia que determine si el acto es o no inconstitucional.

“El hecho de que tengan efectos generales es para proteger incluso a personas que, por la razón que sea, no promovieron su (propio)  juicio de amparo, pero que también se les salvaguarda sus derechos”, aseveró.

Para brindar un ejemplo claro de un caso reciente, el abogado puso sobre la mesa el caso de los libros de texto gratuitos, en el que un juzgado de distrito del Estado de México dictó una suspensión con efectos generales para que se dejaran de repartir los libros de texto en toda la república.

“Imagínate en el caso de los libros de texto, si se estimara que los libros de texto probablemente tendrían alguna violación constitucional porque no se cumplió lo establecido en la ley, lo que requiere el artículo tercero de la Constitución en materia educativa, y que nada más se suspenda la distribución de libros de texto para una persona o para dos personas o para 10 personas, pues no tendría ningún caso”, opinó.

Carbonell sostuvo que puede ser que la suspensión con efectos generales se decrete respecto de amparos que tienen que ver con leyes o de algún otro acto de autoridad en casos como sucedió con las obras de infraestructura como el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, entre otros.

“Lo que no quiere el Gobierno es que se detengan estas obras de infraestructura, como las que te menciono, el Tren Maya, el Aeropuerto Felipe Ángeles, o políticas públicas que sean muy importantes en la visión del Gobierno y que en su caso deberían ser sujetas a suspensiones, pero solo para el caso de beneficiar a la persona que está promoviendo el amparo”, apuntó.

“Esta reforma es muy regresiva, es incluso peligrosa, porque si se estaría afectando la defensa de los derechos de todas las personas, y la verdad es que el instrumento del juicio de amparo en México, pues es vital, es fundamental para todos nosotros.

El abogado constitucionalista aseguró que en lugar de recortar las facultades del amparo, se deben procurar las vías para que la defensa de estos derechos se potencialice.

“La ruta de evolución del juicio de amparo es en un sentido completamente diverso, lo que hay que hacer es potenciar el amparo, el amparo es para todas las personas, es para proteger los derechos humanos, y en vez de estar viendo cómo le recortan facultades, hay que procurar las vías y los medios para que la defensa de los derechos humanos se potencialice en vez de estar dando pasos para atrás que nadie desea y espera en un sistema que se dice democrático”, resaltó.

Además, sostuvo que si llegara aprobarse la iniciativa que limita, el PJF tendría que hacer su trabajo defendiendo la Constitución.

“Si llegara a aprobarse, porque como señalas, los votos ahí están, los votos se tienen porque es mayoría simple, pero esto sería impugnado inmediatamente a través del juicio de amparo y el Poder Judicial Federal tendría que hacer su trabajo defendiendo la Constitución. Aquí tenemos un marco constitucional muy claro, y a ese marco hay que atenernos”, dijo.

Explicó que esto no debe verse como una cuestión política o que tenga que ver únicamente con el ejercicio de facultades de los órganos del poder público, ya que afecta los derechos de todos y todas, incluyendo migrantes, personas detenidas arbitrariamente, a quienes les expropiaron tierras sin indemnización y más.

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