Gobernador desaforado, aupado por un cartel de diputados.
En tanto el ministro de la Suprema Corte, Alcántara, de manera tibia e irreflexiva, emite un juicio, muy grave, por cierto, al no definir, con un criterio claro y jurídicamente válido qué significado tiene el hecho de que la cámara de diputados del congreso de la unión, inicie un juicio de procedencia – que es inatacable- para desaforar a un gobernador por delitos federales y siembra la duda pues, ni mediamente razonable, habla de la pobreza jurídica que priva en ese poder que interpreta la Constitución política de los Estados Unidos mexicanos, que horma y norma la vida política, social, económica y cultural del país de forma simplista..
Pero para llegar a esta reflexión , tenemos que analizar el artículo 111 de la constitución que en la parte que interesa, se refiere contra quienes se pueden proceder penalmente , es decir, si ha lugar o no a actuar contra un inculpado, de manera que si determina que no, se suspende todo acto en su contra, sin embargo ,al no prejuzgar , de ninguna manera permite la impunidad, lo que quiere decir que al terminar el cargo puede ser procesado.
Así las cosas, al desaforarse al gobernador de Tamaulipas por delitos federales, ha lugar a proceder y deberá quedar a disposición de las autoridades competentes para que se actúe conforme a la ley, luego entonces, al interponerse , por el congreso estatal , una controversia contra una decisión de suyo inatacable, se brinda un blindaje que es digno de mafiosos que, incurren en responsabilidad por desacato, al estar protegiendo a un delincuente, sin embargo, al establecer el ordenamiento constitucional, al decir que la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda, lo que da margen para interpretar que aún se tiene fuero, que lo hace inmune, sin embargo, el sentido tiene que ser para efecto de delitos locales y en el caso, se trata de delitos federales.
Si bien la ambigüedad del ministro,- con solo desechar la controversia por notoriamente improcedente-, y nada dice en cuanto a que la autonomía que tienen los estados es en su régimen interior ,que no puede rebasar la esfera federal , es decir, si bien el código penal federal en su artículo 225- delitos contra la administración de la justicia, en su fracción XIX prohíbe que se abra un juicio contra un servidor público sin que previamente se le haya quitado el fuero- en el caso ya se resolvió el juicio de procedencia en la esfera federal y nada impide que se actúe en su contra, lo que sin duda acontecerá, más ahora en que se ha pedido por el fiscal general de la república que la suprema Corte resuelva esta indefinición, que solo es para propiciar la fuga del imputado.
Es común el actuar de los magistrados, jueces y ministros al comportarse con ambigüedad en sus resoluciones, lo que solo conduce a retrasar la impartición de justicia con sus amparos para efectos, cuando en automático, si se revisa bien las leyes, nada de eso tiene que acontecer, sin embargo, la manera de tener un alto rezago en la resolución de las controversias que les llegan, lleva a que puedan hincarle, cada día con mas furor, el diente al presupuesto de la nación , ello es así para justificar los altos salarios y los gastos oneroso, de suyo criminales, donde la gran mayoría de la población vive en la miseria o la pobreza extrema, en tanto como integrantes de la burocracia dorada, mantienen las cárceles con cientos de inocentes o bien que no han sido sentenciados, justificar el gastos que necesitan, de ahí la necesidad de una revisión a fondo a ese poder, que ha sido tan dañino para la economía nacional y sobre todo para los derechos humanos, de esos humanos que solo les queda el nombre.
Las condenas contra el estado mexicano de corte internacional, son producto de la imprudencia, negligencia o desgano de los ministros de la Corte que, para mantenerse en armonía con los intereses creados y con las altas jerarquía del poder, no aceptan riesgos, ahí está , por ejemplo, el caso de Atenco, donde solo tres ministros, Silva ,Gudiño y Góngora, votaron para que se aplicara responsabilidad penal al gobernador del estado de México ,Enrique Peña Nieto, al procurador Medina Mora, al director de seguridad y otros más de alta jerarquía, en tanto los otros ministros, entre ellos, Cossio, Luna , Franco, Anguiano y los demás, que no quiero recordar, para que solo fuera a la policía, es decir, que la hebra se reviente por lo más delgado ,y, por cierto, sentencia que la corte interamericana reclama se cumpla y que está durmiendo el sueño de los justos.
El destino del gobernador de Tamaulipas y otros más , está marcado, es cosa de tiempo, como también lo es que se procese la elección para que el gobierno de López Obrador, pueda consolidar el combate a la corrupción e impunidad tan arraigada .
Twitter@limacobos1