Tribunal rechaza anular la votación en 66 de las 170 mil casillas de la elección presidencial

  • De esa forma, el Tribunal Electoral no modificará los cómputos distritales que emitió el INE, y quedó firme el resultado de la elección presidencial. Ahora, el TEPJF deberá emitir el cómputo final de la elección con 35 millones 924 mil 519 votos para Claudia Sheinbaum, 16 millones 502 mil 697 votos para Xóchitl Gálvez, y 6 millones 204 mil 710 para Jorge Álvarez Máynez. 

Jorge Monroy /

LATINUS / MÉXICO.-Con el voto de los magistrados Mónica Soto, Alfredo Fuentes, Felipe de la Mata y Claudia Valle Aguilasocho, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó anular la votación en 66 de las 170 mil casillas de la elección presidencial como proponían Reyes Rodríguez y Janine Otálora, por lo que quedó firme la votación total emitida el 2 de junio que dio por ganadora a Claudia Sheinbaum Pardo.

De esa forma, el Tribunal Electoral no modificará los cómputos distritales que emitió el INE, y quedó firme el resultado de la elección presidencial.

Ahora, el TEPJF deberá emitir el cómputo final de la elección con 35 millones 924 mil 519 votos para Claudia Sheinbaum, 16 millones 502 mil 697 votos para Xóchitl Gálvez, y 6 millones 204 mil 710 para Jorge Álvarez Máynez. 

Esto representó el primer paso para que el Tribunal Electoral entregue el próximo jueves la constancia de presidenta electa de México a Sheinbaum Pardo.+

En la sesión pública este jueves, la Sala Superior resolvió 240 juicios de inconformidad  —acumulados en 233— contra los cómputos de elección presidencial, que promovieron PAN, PRD y Movimiento Ciudadano. 

En sus proyectos, los magistrados Felipe de la Mata, Mónica Soto y Alfredo Fuentes declararon inoperantes los argumentos que ofrecieron el PAN y PRD para impugnar los cómputos en diversos distritos electorales, entre ellos los que destaca que se recibió votación en fecha distinta o por personas u órganos diferentes a los facultados por la legislación; que se permitió sufragar a ciudadanos sin credencial para votar o sin estar en las listas nominales; que se ejerció violencia física o presión sobre los miembros de las mesas directivas de casilla; existencia de supuestas irregularidades graves no irreparables; violencia sobre los electores; violencia del crimen organizado, e intervención del presidente de la República.

“Estoy de acuerdo en declarar la inoperancia o ineficacia de tal argumento, toda vez que no se encuentra dirigido a controvertir el cómputo distrital impugnado ni se exponen razones o motivos tendentes a evidenciar la comisión de irregularidades acontecidas en el distrito electoral que no fueron reparables durante la jornada electoral y que hayan afectado la certeza de la votación recibida en la casilla instalada en el distrito cuyo cómputo se impugna”, expresó Mónica Soto, presidenta del TEPJF.

A su vez, en sus proyectos, la magistrada Janine Otálora Malassis propuso anular 29 casillas en diversos distritos electorales, pues consideró que fue posible determinar que las mesas directivas estuvieron integradas de manera indebida.

Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso anular 37 casillas, que representaban 11 mil 240 votos, en diversas secciones electorales de Baja California, Campeche, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Sonora, Veracruz y Zacatecas. 

En total, los proyectos de Rodríguez y Otálora proponían anular 66 de las 170 mil casillas instaladas el 2 de junio, lo que apenas significaba 0.04%. 

Sin embargo, por mayoría de votos de Felipe de la Mata, Mónica Soto, Alfredo Fuentes y la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, la Sala Superior declaró inoperantes los agravios, y determinó no anular dichas casillas.

El magistrado Alfredo Fuentes argumentó que su homólogo Reyes Rodríguez no identificó en sus proyectos, con nombres, a los funcionarios de casillas que supuestamente recibieron votación sin estar facultados para ello. Afirmó que los promoventes de los juicios están obligados a presentar pruebas mínimas de sus denuncias, pues resaltó que el TEPJF no puede abrir expedientes oficiosos.

“Los tribunales debemos ser muy cuidadosos y muy estrictos cuando se nos solicita invalidar la votación recibida en una casilla, o la nulidad de una elección, porque ello significa no tomar en cuenta para el resultado final la voluntad de un gran número de personas”, sostuvo.

Respecto al argumento de Fuentes Barrera de que el PRD no presentó pruebas suficientes para declarar la invalidez de casillas, la magistrada Janine Otálora planteó que era viable que el Tribunal Electoral supliera la deficiencia de la queja, ya que es la única instancia y existen constancia que permiten entrar al fondo del asunto de la nulidad.

El camino para la entrega de constancia a Sheinbaum

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón explicó que la Sala Superior sesionará el próximo lunes 12 de agosto para resolver el llamado juicio madre de la elección presidencial. Ahí se resolverán los juicios que promovieron PAN, PRI y PRD, quienes acusaron diversas irregularidades en el proceso electoral, como la intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador, gobernadores de Morena, así como uso de programas sociales y violencia generalizada, entre otras. 

Posteriormente, el miércoles 14 agosto, la Sala Superior deberá emitir el dictamen de cómputo y validez de la elección presidencial, y el 15 de agosto entregará la constancia a Claudia Sheinbaum, quien ocupará la presidencia de la República para el sexenio 2024-2030.

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