INAI refuta a la CNDH por negarse a cumplir con las leyes de transparencia por supuesto de reserva
Las leyes de transparencia indican claramente los supuestos de reserva para exceptuar temporalmente cierta información de la regla general de publicidad, aclaró el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en un comunicado, en respuesta a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). El INAI, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, determina en sus resoluciones que debe otorgarse la información solicitada cuando no se cumplen los requisitos legales para clasificarla, cita el documento. Las razones para restringir el acceso, agregó, deben ajustarse a los supuestos específicos de la normativa aplicable. En el caso de la CNDH, aclara el organismo, el pleno del INAI instruyó proporcionar copia de videos e imágenes captadas durante su visita a los sótanos de Tlaxcoaque, en la Ciudad de México, así como el expediente de queja CNDH/PRESI/2020/5561/VG, bajo la lógica de que se protegerán los datos personales confidenciales. El INAI consideró que los argumentos de la CNDH fueron insuficientes para confirmar la clasificación de la información solicitada. Así, se decidió entregar versiones públicas para equilibrar los derechos de acceso a la información y protección de datos personales, señaló.
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