El arma de la prisión preventiva oficiosa
Nuevamente una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha puesto sobre la mesa de debate un tema que implica la defensa de derechos que se trastocan continuamente en México, como el de la presunción de inocencia. La Corte invalidó este lunes unas reformas a los artículos 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional ―que establece como amenazas a la seguridad nacional los actos ilícitos en contra del fisco federal― y 167, párrafo séptimo, fracciones I, II, III, del Código Nacional de Procedimientos Penales ―que prevé la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal, sus equiparables y los relacionados con la expedición, enajenación, compra y adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados― por ser inconstitucionales.
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