Mezquino. Emplaza juez al gobierno de Obrador para vacunar a menores de 12 y 17 años de anticovid
Foto: Cuartoscuro
- En caso de incumplirse el mandato judicial de vacunar a los menores, el Juzgado Séptimo de Distrito del Estado de México señaló que se incurriría en el delito de abuso de autoridad, el cual ocasionaría que se dé aviso al Ministerio Público federal (la Fiscalía General de la República) para los efectos conducentes.
LATINUS / MÉXICO.-Un juzgado determinó dar un plazo de cinco días para que el gobierno federal comience a vacunar a los menores de entre 12 y 17 años, como parte del plan nacional de vacunación contra la Covid-19, los cuales contarán a partir de la notificación legal.
“Con fundamento en el artículo 158, de la Ley de Amparo, se concede a las autoridades responsables una prórroga de cinco días hábiles, contados a partir de la legal notificación del presente acuerdo, para que den cumplimiento al resolutivo segundo, en términos del considerando cuatro”, se lee en el fallo.
En caso de incumplirse el mandato judicial de vacunar a los menores, el Juzgado Séptimo de Distrito del Estado de México señaló que se incurriría en el delito de abuso de autoridad, el cual ocasionaría que se dé aviso al Ministerio Público federal (la Fiscalía General de la República) para los efectos conducentes.
El fallo señala que la vacuna que deberán recibir los menores será de la farmacéutica Pfizer, la cual es la única autorizada para aplicarse a las niñas y niños menores de 18 años.
Además, apunta que la autoridad federal no puede argumentar el desabasto del fármaco para incumplir con su responsabilidad.
“Tal circunstancia no puede considerarse una justificación para no cumplir con la medida cautelar decretada, pues garantiza el derecho humano a la salud”, se lee el fallo.
En septiembre, el gobierno federal anunció el plan para vacunar contra la Covid-19 a los menores de 18 años con comorbilidades.
Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, informó que las comorbilidades que se considerarán para la vacunación son inmunosupresión (cáncer, VIH, etc.), enfermedad pulmonar crónica grave, afecciones graves de riñón, hígado o sistema digestivo, enfermedad neurológica crónica, enfermedades cardiovasculares, diabetes y otras enfermedades endocrinas, anomalías genéticas y embarazo adolescente.
Pese a ello, el fallo del Juzgado Séptimo de Distrito señala que no importa la condición de los menores, se deberán vacunar contra la Covid-19.
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