Llama Tribunal Electoral al INE definir medidas cautelares por las “mañaneras” del presidente
Foto: Presidencia
- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE que defina los alcances de las medidas cautelares para las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.
AN / MÉXICO.-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que defina las medidas cautelares para las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por mayoría de votos, el organismo considera que “dadas las particularidades de esa nueva forma de comunicar en la figura del Ejecutivo Federal, ese órgano debe determinar los alcances de la tutela inhibitoria que se dictó”.
El pasado 30 de diciembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al presidente que “se abstenga de interferir desde sus conferencias de prensa en favor o en contra de actores político electorales”, de acuerdo con el artículo 134 constitucional, con el fin de resguardar el principio de equidad en el proceso electoral.
Esto sucedió tras la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el mandatario, por externar sus preferencias electorales en la conferencia del 23 de diciembre. La Comisión de Quejas del INE dictó “una medida cautelar de tipo inhibitoria -sin carácter sancionatorio- a fin de garantizar la equidad en la contienda, y, ante la evidencia preliminar de una posible continuidad de actos que se vinculan con la materia electoral”.
En un comunicado, el TEPJF destaca que el Consejo General del INE, como órgano máximo de dirección, debe delimitar los alcances de su decisión, ya que este tipo de medidas inhibitorias “no están expresamente previstas como competencia del Comité de Quejas ni de los órganos desconcentrados del referido instituto”.
Además, porque el acuerdo “se ubica en un contexto extraordinario y novedoso respecto del mecanismo de comunicación que representan las conferencias matutinas”.
Estrategia de AMLO para perjudicar a contendientes: INE
En su resolución del 30 de diciembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE consideró que los pronunciamientos del presidente no son hechos aislados, sino “una secuencia de actos” dentro de una estrategia “para perjudicar a distintos contendientes del proceso electoral en curso, apartándose así del deber de neutralidad a que está obligado como servidor público. Ello pone en riesgo los derechos y principios constitucionales que deben garantizarse y observarse en todo tiempo y, con mayor razón, durante los procesos electorales.”.
Durante la sesión de la Comisión, se exhibió el video y audio de la conferencia de prensa del 23 de diciembre “donde el presidente hace manifestaciones críticas respecto a la coalición de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática a pregunta expresa de un reportero”.
Igualmente, se mostró la conferencia del 29 de diciembre donde, “también a pregunta expresa sobre la formación de una coalición entre el los partidos Morena y Verde Ecologista de México, el mandatario refirió que no le corresponde opinar sobre las coaliciones electorales, evidenciando así una actuación parcial respecto a los distintos actores políticos”.
El INE se refirió a la sentencia SUP-REC-156/2020 del TEPJF del 14 de diciembre de 2020, en la que vinculó al presidente y a los servidores públicos a conducirse dentro del marco del artículo 134 constitucional para no interferir en los procesos electorales.
la Comisión de Quejas del INE estimó necesario emitir la medida cautelar en su dimensión inhibitoria, la cual busca impedir que un daño se concrete, se continúe o se repita; es decir, tiene el fin de proteger los principios constitucionales vigentes frente a actos sistemáticos que se prevén ilícitos.
Los integrantes de la Comisión resaltaron la importancia del principio de la equidad en la contienda electoral, el cual se vincula estrechamente con la obligación de neutralidad de los gobernantes.
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