Palo a Obrador. Exonera juez a Rosario Robles del affaire de la ‘Estafa Maestra’

  • La resolución del juzgador federal señala que hubo violaciones al debido proceso y que no debió ser imputada por el delito de ejercicio indebido del servicio público, sino por violaciones a la ley de Responsabilidad Hacendaria.

AN / CDMX.-Un juez de control absolvió del delito de ejercicio indebido del servicio público a la ex titular de las Secretarías de Desarrollo Social (Sedesol) y Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Rosario Robles Berlanga, y anuló el proceso penal en su contra, por considerar que hubo violaciones al debido proceso.

La resolución dictada por el juez federal especializado en el sistema penal acusatorio adscrito al Reclusorio Sur, Roberto Omar Paredes Gorostieta Femat, revocó las medidas cautelares que aún existían en contra de Robles Berlanga, por lo que se le tendrán que regresar sus documentos y ahora podrá salir del país si así lo desea.

El fallo del juzgador federal se dio en acatamiento a un juicio de amparo concedido por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México derivado del recurso de revisión 260/2022.

En consecuencia, el juez de Distrito dictó el sobreseimiento o cancelación de la causa penal contra Rosario Robles, la cual tiene los mismos efectos que una sentencia absolutoria.

A Robles se le imputaba un presunto desvío de 5 mil millones de pesos por contratos que Sedesol y Sedatu entregaron en el marco de la Estafa Maestra. Sin embargo, fue acusada del delito de ejercicio indebido del servicio público en grado de omisión.

No obstante, para el juez de la causa, en términos de los principios pro persona, Rosario Robles se le debió sancionar de manera administrativa conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Así tras acreditarse una violación al debido proceso, se anuló la actuación de la Fiscalía General de la República en su contra.

Fuentes cercanas a la defensa explicaron que la resolución del juez implica que la conducta que se le atribuye a Robles correspondían a faltas administrativas y no a  delitos.

“Las conductas imputadas se sancionan por la vía administrativa y penal y en atención a una interpretación difusa de la Constitución, al principio pro persona, se debe aplicar la norma administrativa y no penal, lo que en consecuencia, no se podrá procesar penalmente a Rosario por las conductas imputadas, es decir,  la sentencia tiene efectos de absolución”, explicó la fuente.

Compartir:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.