Urge EU a México despido de un líder sindical de la empresa Asiaway en San Luis Potosí

La representante de comercio de EU., Katherine Tai, en Nueva Delhi. Sajjad Hussain / AFP

  • La firma china habría despedido a uno de sus empleados por ejercer su derecho a organizarse gremialmente. Pablo Franco, abogado de LSOM, denunció que Luis Enrique Almodóvar, delegado para tratar asuntos con Asiaway,fue despedido por realizar labores sindicales, informó el sitio La Orquesta.

12HORAS / WASHINGTON D.C.-El Gobierno de EU ha pedido a México que revise si a los trabajadores de la planta de componentes automotrices Asiaway México, ubicada en San Luis Potosí, se les está negando el derecho a la libertad de asociación y negociación colectiva.

La representante de Comercio de ese país, Katherine Tai, anunció este lunes en un comunicado que ha dado respuesta a la denuncia de la Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM), un organismo gremial independiente, y de la Red de Asistencia Legal para Trabajadores (ILAW, por sus siglas en inglés). 

Además, informó que es la decimoquinta vez que EU invoca formalmente el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MRR), el cual forma parte del Tratado entre México, EE.UU. y Canadá (T-MEC).

«La libertad de asociación y la negociación colectiva son pilares fundamentales del T-MEC y de la reforma laboral de México. Los empleadores ya no pueden elegir los sindicatos con los que trabajan y deben respetar los derechos de los trabajadores a seleccionar y afiliarse al sindicato de su elección», indica el texto. 

La denuncia

A fines de agosto, Pablo Franco, abogado de LSOM, denunció que Luis Enrique Almodóvar, delegado para tratar asuntos con Asiaway,fue despedido por realizar labores sindicales, informó el sitio La Orquesta.

El representante legal explicó que la compañía asiática, creadora de sistemas de enfriamiento automotriz y otras piezas, exporta gran parte de su producción a EU, por lo que está sometida a las reglas del acuerdo comercial.

El Comité Laboral Interinstitucional para el Monitoreo y la Aplicación (ILC, por sus siglas en inglés) determinó que «existe evidencia suficiente y creíble de una denegación de derechos que permite la invocación de buena fe de mecanismos de aplicación».

Y añadió que México tiene «diez días para aceptar realizar una revisión» y, si está de acuerdo, 45 días a partir de la fecha para completarla.

RT

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