Sentencia del Tepjf apenas generó un poco de ruido

La Grilla en Tabasco

El máximo tribunal electoral del país dispuso –en votación no unánime- que es improcedente el convenio de candidatura común suscrito en Tabasco por MORENA y PT para las elecciones municipales y distritales. ¿Significa eso que serán substituidos candidatos a alcaldes o diputados? No. No sucederá.

Los abanderados morenistas continuaron su campaña este jueves sin contratiempos. Ninguno de los abanderados para diputaciones y primeras regidurías va a ser cambiado. Más aún, aunque MORENA haya cedido posiciones al PT en las planillas para regidores, no queda obligado a quitarlos.

Lo procedente es reponer el procedimiento, de manera que ya no serán candidaturas comunes sino propias de MORENA. Acto seguido, el órgano electoral volverá a validar los registros –sin necesidad de que se cumpla el tiempo máximo de diez días que indica la sentencia del TEPJF- y todo quedará igual, pero por un solo partido.

Otra vía, improbable, sería que ambos institutos políticos acuerden corregir su alianza de modo que participen solo con 4 planillas comunes.

En su sentencia emitida en la noche del miércoles, el TEPJF dice:

(…) Tanto el Tribunal local como el IEPCT, indebidamente validaron el registro de un convenio de candidatura común que, en realidad, constituía una coalición porque se postulan más del 25 por ciento de candidaturas en un mismo proceso electoral y, además, viola el principio de uniformidad, pues se permite la existencia de coaliciones distintas en un mismo proceso, tomando en cuenta que el supuesto convenio de candidatura común se integra por dos de los tres partidos que suscribieron un convenio de coalición a la gubernatura.

En consecuencia –se advierte en el comunicado derivado de la sesión- la Sala Superior modificó la sentencia impugnada y dejó sin efectos los acuerdos por los que el Instituto local aprobó el registro de candidatura común para la elección de diputaciones y ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, así como las postulaciones respectivas.

Madrugadoramente, el consejero David Cuba Herrera se adelantó a la decisión colegiada que sería tomada anoche y se pronunció por la suspensión temporal de campañas de MORENA.

De inmediato lo corrigió el secretario ejecutivo Roberto Félix López, quien hizo ver que si el consejo general acuerda eso se violan derechos políticos, así como principios rectores, además de que el IEPCT debe entregar el próximo lunes el material definitivo para la impresión de las boletas electorales.

Según el parte informativo oficial del TEPJF, al resolver el SUP-JRC-66/2018 la Sala Superior exclusivamente “ordenó modificar la sentencia impugnada”; específicamente, el convenio de candidaturas comunes que ya había sido avalado por el IEPCT y el TET.

¿Afecta todo esto a los candidatos de MORENA en Tabasco? No. Ni siquiera al PT, porque puede continuar apoyando de facto a los mismos candidatos.

Por su parte, el candidato a gobernador por ese partido, Adán Augusto López Hernández, entrevistado en la Zona de la Cultura antes de una reunión con estudiantes de la UJAT que lo recibieron con fuerte ovación, comentó que corresponde a los partidos resolver la situación que genera la sentencia del TEPJF.

Es cuestión de trámite, como nos dijo el representante de MORENA ante el IEPCT, Mario Llergo.

Tal como se ve, es triunfo pírrico para el PRD, cuyo equipo jurídico presentó la demanda: en realidad, solo le sirvió para hacer algo de ruido, con algo que es más bien cuestión de forma y, desde luego, de cumplimiento de la legislación electoral.

Twitter: @JOchoaVidal

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