Se suma la CNDH contra el delito de “ciberasedio” decretado por el Congreso morenista de Puebla
- Adelanta que ya trabaja en una Acción de Inconstitucionalidad contra este y otros temas similares. CNDH adelantó que ya trabaja una Acción de Inconstitucionalidad que “recoge el clamor de numerosos grupos de comunicadores y ciudadanos”.
AN / MÉXICO.-La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se sumó a la ola de reclamos por la llamada ‘ley censura’ que aprobó e impulsó la mayoría morenista en Puebla.
CNDH adelantó que ya trabaja una Acción de Inconstitucionalidad que “recoge el clamor de numerosos grupos de comunicadores y ciudadanos”.
La reforma crea el delito de “ciberasedio”, para “quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emociona”.
CNDH se manifestó ‘preocupada’ por la creación de este delito, ya que además de “su falta de claridad puede, potencialmente, prestarse a un uso contrario a lo que se busca”.
La CNDH dijo que el artículo presenta “ambigüedades que podrían dar lugar a restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión, particularmente cuando se trate de opiniones, críticas o manifestaciones en contextos de interés público”.
La comisión llamó a “revisar la redacción del citado artículo, a fin de que se garantice el cumplimiento del principio de legalidad y prevenir el uso del derecho penal como medio indirecto de censura o inhibición del ejercicio del derecho a manifestar ideas, pensamientos y opiniones por cualquier medio”.
Lucha contra ley censura
Comunicadores y organizaciones de la sociedad civil alertaron sobre las implicaciones de esta nueva legislación para la libertad de expresión.
Artículo 19 y Red de Periodistas Puebla consideraron que la reforma es un riesgo para la libertad de expresión, ya que el ejercicio de este derecho incluye discursos que pueden “ofender, insultar”.
Las organizaciones sostienen que otros delitos propuestos en la reforma contienen definiciones que son amplias y carecen de conocimiento técnico. Por ejemplo, el Artículo 479 en materia de espionaje digital simplemente indica que es quien “que se introduzca a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legal y legítimo titular”.
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